martes, 14 de julio de 2009

ORIENTACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL DECRETO 1290 DE 2009 SOBRE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y PROMOCION ESCOLAR

En cumplimiento del numeral 2º del Artículo 10º del Decreto 1290 de 2009, en especial en lo relacionado con el debido proceso en la formulación del Sistema institucional de evaluación de los estudiantes, en las instituciones y centros educativos del Departamento, y en observancia del respeto a la autonomía institucional, la Secretaría de Educación Departamental, sugiere el siguiente procedimiento:
1. Bajo el liderazgo y la coordinación del Director de Núcleo, analizar el Decreto al interior del Equipo de Directivos Docentes del Municipio, con el fin de compartir conceptos, críticas y aproximaciones interpretativas.
2. Análisis del Decreto al interior del Equipo de Directivos Docentes de cada institución educativa con el fin de compartir conceptos, críticas y aproximaciones interpretativas y diseñar una primera estructura del Sistema institucional de Evaluación de los estudiantes, bajo el liderazgo y la coordinación del rector o rectora de la I. E.
3. Paralelamente con esta actividad, el rector con el apoyo de los coordinadores y algunos docentes, (equipo de gestión de la calidad) programa reuniones de pequeños grupos de docentes, según la característica de la institución o centro educativo (Comités de área, docentes por sede, por grupos de grado), con el fin de compartir conceptos, críticas y aproximaciones interpretativas.
4. Socialización de la propuesta de estructura del Sistema de Evaluación de los estudiantes, elaborado por el equipo de calidad, con el 100% de los docentes de la I. E., a fin de hacer ajustes y mejorarla.
5. Aprobación de la propuesta por parte del Consejo Académico con el fin de llevarla al Consejo Directivo para su respectiva discusión, ajustes y adopción final.
Se insiste, que la lectura y análisis previo del Decreto por parte de directivos y docentes se lleve a cabo antes de la semana de desarrollo institucional de octubre, para que durante esta semana el consejo académico estructure la propuesta que será puesta a consideración del Consejo Directivo.
6. Durante el segundo semestre, con el acompañamiento de los docentes, los padres de familia, los estudiantes y los egresados analizarán la propuesta aprobada por el Consejo Académico con el fin de que antes del mes de noviembre sea adoptado formalmente el documento final por el Consejo Directivo, el cual será divulgado de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del Artículo 8º del Decreto 1290, a más tardar en la semana de desarrollo institucional de fin de año.

Con el fin de adelantar acciones de acompañamiento a nivel municipal, los Directores de Núcleo harán llegar al líder de Gestión del PEI, en medio magnético, el cronograma de actividades mediante el cual en cada institución se dará cumplimiento a esta responsabilidad de Directivos docentes. Se aclara que estas actividades no deben afectar la normalidad de las actividades académicas de los escolares.
Esta Secretaría atenderá las necesidades de asesoría requeridas por el Director de Núcleo, las cuales estarán dirigidas a los equipos de gestión de la calidad de las instituciones educativas, a nivel municipal.

2 comentarios:

  1. Pienso que los primeros 4 puntos de la orientacion son innecesarios, va en contravia de las directrices del decreto que indican que quienes deben hacer la propuesta son el Consejo Academico y es apartir del mismo desde donde se debe estructurar una propuesta desde los profesores de cada area que se encuentran representados en el mismo. Es inaudito que se pierda tanto tiempo en tantas reuniones innecesarias. El papel del Consejo Academico se debe volver a revalorar, es el quien debe hacer una primera propuesta. Hay que seguir los lineamientos del decreto y no inventar nada nuevo.

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  2. El Consejo Académico puede definir la ruta metodológica para hacer la construcción colectiva del sistema de evaluación. Requiere estudio y comprensión del significado que tiene la evaluación como proceso que nos arroje información viable y confiable sobre los avancen y dificultades que tienen los estudiantes en su proceso de formación en todas las dimensiones del desarrollo humano. El Consejo Directivo puede adoptalo mediante acuerdo de cuyo contenido dará cuenta el PEI. Aquí se pone aprueba la experiencia profesional de los docentes que liderarán esta reflexión de cara con la comunidad educativa. El sistema fortalecerá el ejercicio pedagógico del docente, permitirá la autoreflexión del estudiante y servirá para que los padres de familia encausen a sus hijos en hábitos de estudio que conduzcan a generar avances en sus aprendizajes. Gracías por la oprtunidad que se nos da por este medio para contribuir con la educación.
    Isaías Peña Buendía
    Orientador Escolar Neiva.

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